Introducción |
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- ¿Qué es un Plan Insular de Ordenación?
- Naturaleza, ambito y alcance del PIOT.
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Introducción
¿QUÉ ES UN PLAN INSULAR DE ORDENACIÓN?
La figura de los Planes Insulares de ordenación en el ordenamiento jurídico.
El proceso de redacción del Plan Insular de Ordenación de Tenerife ha sido, en buena parte, un proceso de comprensión e incluso de definición de lo que es un Plan Insular. Ciertamente, muchos de los aspectos clave de su entidad como plan no quedaron totalmente definidos con la aprobación de la Ley 1/87 reguladora de los Planes Insulares de Ordenación, pero es que, por otra parte, la sucesiva atribución de nuevos papeles por otras leyes posteriores, como la Ley de Espacios Naturales de Canarias o la Ley de Suelo Rústico o la Ley de Ordenación del Turismo de Canarias, ha venido produciendo cambios substanciales en el concepto inicialmente definido por dicha ley.
De otro lado, los sucesivos cambios registrados en la legislación territorial y urbanística han introducido repetidas innovaciones en conceptos clave, -como los referentes a la definición de suelo rústico y urbanizable y de su régimen jurídico-, que son utilizados, bien como referencia, bien como herramientas en la planificación territorial. En este sentido, no puede entenderse igual un plan insular en el marco de la Ley del Suelo del 92, de carácter netamente intervencionista, que en el diseñado por la Ley del Suelo del 98, claramente liberalizadora, que en el actualmente vigente tras la aprobación de la Ley 9/99 de Ordenación del territorio de Canarias, que recupera una visión intervencionista indispensable en un territorio limitado y muy tensionado como el canario.
Por otra parte, resulta evidente que todos estos cambios en el marco jurídico han afectado muy directamente al proceso de redacción del PIOT, que ha debido irse adaptando cada vez a una nueva definición de funciones, competencias y contenidos. El siguiente cuadro recoge los principales hitos de este proceso de redefinición continua del papel de los planes insulares, poniéndolos en relación con los más destacados del proceso de redacción del PIOT:
| 29-noviembre-1990 |
Pleno del Cabildo que adjudica la redacción del PIOT |
| Febrero 1992 |
Entrega de la documentación de la primera etapa del PIOT |
| 26-junio-1992 |
Texto Refundido de la Ley 1/1992 sobre el régimen del suelo y ordenación urbana |
| 26-noviembre-1992 |
Pleno del Cabildo que aprueba los criterios y objetivos, define el esquema de contenido para el Avance, y da inicio a la 2ª etapa. |
| Julio-1993 |
Entrega del documento de Avance del PIOT |
| 27-julio-1993 |
Pleno del Cabildo que somete a información pública el Avance |
| 22-abril-1994 |
Pleno del Cabildo que confirma los criterios, objetivos y líneas propositivas básicas del Avance, aprueba el contenido que debe tener el siguiente documento y da inicio a la 3ª etapa del PIOT |
| Diciembre-1994 |
Entrega del documento de la 3ª etapa del PIOT |
| 19-diciembre-1994 |
Aprobación de la Ley 12/94 de Espacios Naturales de Canarias |
| 30-marzo-1995 |
Pleno del Cabildo que aprueba inicialmente el PIOT y lo somete a información pública. |
| 6-abril-1995 |
Aprobación de la Ley 7/1995 de Ordenación del Turismo de Canarias |
| 24-Junio-1996 |
Informe técnico de contestación de alegaciones. Comienza una fase de reelaboración interna realizada por los técnicos de Planes Insulares. |
| 20-marzo-1997 |
Sentencia 61/97 del Tribunal Constitucional que declara inconstitucionales buena parte de las disposiciones del Texto Refundido de la Ley 1/1992 sobre el régimen del suelo y ordenación urbana. |
| 3 de abril de 1998 |
Aprobación inicial del documento reelaborado de PIOT |
| 13-abril-1998 |
Aprobación de la Ley 6/98 sobre Régimen del Suelo y Valoraciones |
| 23-octubre-1998 |
Culminan los trámites de información pública (1123 alegaciones) y trámites de audiencia (29 informes) del documento aprobado inicialmente el día 3 de abril de 1998. |
| 5-marzo-1999 |
Culmina la elaboración de un informe técnico de contestación de alegaciones e informes |
| 14-abril-1999 |
Aprobación de la Ley 9/99 de Ordenación del Territorio de Canarias |
| 10-mayo-1999 |
Toma de conocimiento por el pleno del resultado de la tramitación del plan, de los informes sobre las alegaciones e informes presentados durante dicha tramitación y del estado del proceso de modificación del documento para adaptarlo a la Ley de Ordenación del Territorio. Aprobación del inicio de los estudios para la constitución de una oficina de gestión del territorio. |
| 8-mayo-2000 |
Decreto Legislativo 1/2000 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Leyes de Ordenación del territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias |
| 17-octubre-2000 |
Aprobación de las modificaciones introducidas en el documento de Plan Insular de ordenación de Tenerife aprobado el 3 de abril de 1999, como consecuencia de las alegaciones presentadas y de su adecuación al Texto refundido de la Leyes de Ordenación del territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. |
Por lo dicho hasta el momento, y dado que el concepto de Plan Insular de Ordenación es el resultado de una evolución en la que se han ido incorporando nuevos contenidos y funciones, conviene remontarse a sus orígenes y analizar la evolución de su papel de sus contenidos y atribuciones para entender lo que es un Plan Insular de Ordenación. Para ello, y aún antes de entrar en la definición la figura es conveniente fijar algunas cuestiones para comprender mejor el papel de los Planes Insulares y las dificultades que ha conllevado su comprensión y su interpretación, en especial en lo que respecta a su carácter vinculante u orientativo con respecto a las actuaciones promovidas por otras administraciones o por los particulares.
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